miércoles, 4 de abril de 2012

Recambio original vs Recambio equivalente

Enlazamos este interesante articulo en el que se explica qué es el recambio original y qué es el equivalente o de competencia.



Cuando acudes a tu taller quizás te hayas preguntado qué tipo de recambio utilizar en tu coche. Tu mecánico puede hablarte de recambio original y de recambio de calidad equivalente, pero… ¿qué significa eso exactamente?




Tranquilo. Estas y otras cuestiones relativas al ADN del recambio ya están contempladas por una normativa europea muy centrada en los derechos del consumidor y que beneficia tu libertad como usuario a la hora de elegir el taller donde reparar tu vehículo: el decano Reglamento 1400/2002, el actual 461/2010 o la Euro V.
La llegada en 2002 del Reglamento 1400/2002 supuso, entre otras cosas, un impulso a la libre competencia de los talleres multimarca en el mercado de la posventa del automóvil y un claro beneficio para el bolsillo y derechos del consumidor. Dicho texto de la Comisión Europea abrió la vía por la que discurre la normativa en vigor, el Reglamento 461/2010 y la Euro V, y contribuyó a definir qué es lo que el consumidor de servicios de taller debe entender por recambio original.
  • Según recogía el mismo, profesionales y usuarios habrían de entender por recambio original aquellos componentes “de la misma calidad que los componentes utilizados para el montaje de un vehículo de motor y que se fabriquen siguiendo las especificaciones y normas de producción establecidas por el fabricante del vehículo para la producción de componentes o recambios para el vehículo de motor en cuestión.
    Esto incluye los recambios fabricados en la misma línea de producción que estos componentes -señalaba el texto-. A menos que se demuestre lo contrario, se presumirá que los recambios son recambios originales si el fabricante de los recambios certifica que los recambios cumplen los requisitos de calidad de los componentes utilizados para el montaje del vehículo en cuestión y se han fabricado con arreglo a las especificaciones y normas de producción del fabricante del vehículo”.
  • Al mismo tiempo, la norma introducía el concepto de recambios de calidad equivalente, con el que hacía referencia “exclusivamente a los recambios fabricados por cualquier empresa que pueda certificar en todo momento que los recambios en cuestión son de la misma calidad que los componentes que se utilizan o utilizaron para el montaje de los vehículos de motor en cuestión”. Recambios que pueden ofrecer una calidad superior incluso a la de los componentes instalados en la misma cadena de montaje del vehículo.

¿Qué significa todo ello en la práctica?

En la práctica, el usuario ha de saber que no existe una única figura de recambio original. Las piezas originales  serán:
  • Las presentadas en una caja bajo la marca del fabricante del vehículo -que en la inmensa mayoría de los casos no produce dichos componentes.
  • También esas mismas piezas -las piezas son idénticas- presentadas bajo la marca del fabricante de componentes que efectivamente las ha producido
  • Aquellos otros “recambios equivalentes” que bajo otra marca distinta acreditan o superan en prestaciones y rendimiento las especificaciones exigidas a la pieza que salió en el coche de la cadena de montaje.
De hecho, en la mayoría de las ocasiones lo que diferencia al recambio es únicamente la caja en que se presenta, ya que los constructores de vehículos se limitan a incorporar en la cadena de montaje piezas suministradas por proveedores específicos de dichas piezas.

Fuente: MundoRecambio
Autor: Jesus Lopez Felpeto